La Cámara Federal de Salta revocó la medida cautelar que suspendía la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, en la misma línea que se había pronunciado la semana pasada la Corte Suprema de Justicia, en relación a un amparo presentado en la provincia de Mendoza.
Los camaristas salteños rechazaron el fallo de primera instancia del juez Miguel Antonio Medida, que había hecho lugar a un pedido de la diputada Zulema Daher, al entender que los legisladores no tienen legitimidad para oponerse en la justicia a lo que el Congreso ha dispuesto como norma legal de manera democrática.
El fallo de la Cámara debe ahora esperar la ratificación por parte de la Corte Suprema nacional, mientras quedan pendientes de resolución otras dos medidas cautelares parciales que suspenden tan sólo un artículo de la nueva ley.
Ante la resolución, el Sindicato de Prensa de Salta, filial de la FATPREN, emitió un comunicado en el que ratifica que seguirá con la "lucha constante en la firme convicción que la nueva ley es el camino más indicado para mejorar, desde la democracia, la realidad de los medios de comunicación en la República Argentina, que está estrechamente vinculada con la reivindicación de nuestras fuentes laborales y las condiciones bajo las que ejercemos nuestra noble profesión".
"Además agradecemos a todas las organizaciones que nos acompañaron en las marchas y que se manifestaron junto a nosotros, pidiendo la aplicación de la Ley de Medios. Esto a las claras demuestra que el pueblo no se equivoca. Menos aún cuando los trabajadores de prensa en conjunto y unidos, pedimos justicia para el bienestar general de la sociedad en la que vivimos. Este es el verdadero poder", finaliza el comunicado.
Desde la FATPREN saludamos las decisiones judiciales que impulsan la efectiva aplicación de la ley sancionada democráticamente por el Parlamento y continuaremos marchando y reclamando en todos los ámbitos para que se cumpla con la voluntad popular de establecer un sistema de medios más democrático, diverso, plural y federal.
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
No hay comentarios.:
Publicar un comentario